El juez instructor abre expediente contra Torró por infracción electoral continuada

La comunicación oficial del Ayuntamiento de Gandia sobre el uso y destino del edificio del antiguo hospital infringió el artículo  50.2 de la LOREG ya que tiene por objeto dar a conocer proyectos en relación al distrito “lo cual atenta a los principios de objetividad y transparencia que debe presidir la actuación de los poderes públicos durante el periodo electoral” según reza el acuerdo de la Junta Electoral de Zona en su acta 36/15. El acta 20/15, ya estima que la campaña publicitaria “Gandia amplía su servicio de limpieza” o la firma de convenios con ocho asociaciones se trata de actos prohibidos por el mismo artículo de la LOREG y se ordena al Ayuntamiento la inmediata suspensión del mismo. Anteriormente, la Junta Electoral tomó medidas similares respecto a la campaña del SAC, la charla con mayores del alcalde en el Centro Social Roís de Corella.

Por todo ello, el pasado 10 de junio la Junta Electoral de Zona acordó la apertura de expediente sancionador para depurar las posibles responsabilidades dimanantes de las infracciones electorales a las que hemos hecho referencia y se requiere al Ayuntamiento de Gandia para que presenten, hasta las 12 horas de mañana viernes 12 de junio, la identidad de las personas que adoptaron la decisión de llevar a cabo y materializar los hechos objeto de las infracciones electorales objeto de los acuerdos.