El PP termina la legislatura sin atreverse a aprobar las cuentas anuales de la empresa pública

No deja de ser paradójico que hoy mismo, cuando se celebra el último pleno de la legislatura para aprobar las actas de las últimas sesiones, queden sin ni tan siquiera formular las cuentas de la principal mercantil pública. Se están incumpliendo la Ley de Sociedades de Capital que obliga a formular las cuentas anuales del ejercicio 2014 en el primer trimestre de 2015 y a su aprobación en el primer semestre de cada año. Ni una ni otra premisa se ha cumplido. Las consecuencias, según el artículo 283, son las siguientes:

Artículo 283. Régimen sancionador.

1. El incumplimiento por el órgano de administración de la obligación de depositar, dentro del plazo establecido, los documentos a que se refiere este capítulo, también dará lugar a la imposición a la sociedad de una multa por importe de 1.200 a 60.000 euros por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, previa instrucción de expediente conforme al procedimiento establecido reglamentariamente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuando la sociedad o, en su caso, el grupo de sociedades tenga un volumen de facturación anual superior a 6.000.000 euros el límite de la multa para cada año de retraso se elevará a 300.000 euros.

2. La sanción a imponer se determinará atendiendo a la dimensión de la sociedad, en función del importe total de las partidas del activo y de su cifra de ventas, referidos ambos datos al último ejercicio declarado a la Administración tributaria. Estos datos deberán ser facilitados al instructor por la sociedad; su incumplimiento se considerará a los efectos de la determinación de la sanción. En el supuesto de no disponer de dichos datos, la cuantía de la sanción se fijará de acuerdo con su cifra de capital social, que a tal efecto se solicitará del Registro Mercantil correspondiente.

3. En el supuesto de que los documentos a que se refiere este capítulo hubiesen sido depositados con anterioridad a la iniciación del procedimiento sancionador, la sanción se impondrá en su grado mínimo y reducida en un cincuenta por ciento.

4. Las infracciones a que se refiere este artículo prescribirán a los tres años.

Queremos recordar que, hace cuatro años, los socialistas cumplimos con la ley al convocar el gobierno en funciones junta general y aprobaron las cuentas. Los socialistas exigimos explicaciones de porqué no se formulan y se aprueban las cuentas ya que aboca a una situación insostenible al ser una nueva corporación, donde el PP no contará con mayoría absoluta, la que saque adelante las cuentas. Sospechamos que las posibles repercusiones patrimoniales sea la razón por la cual no se atreve a aprobar las cuentas de 2014.

Para el concejal socialista Vicent Mascarell: ¿Si el PP con mayoría absoluta ha sido incapaz de aprobar los presupuestos municipales y las cuentas de la empresa pública, cómo va a conseguirlo sin esa mayoría? Entendemos que la situación económica debe de ser tan nefasta que ni los causantes de la misma se atreven a revelarla.